I-601 y I-601A
PERDONES por
INADMISIBILIDAD
El Documento que te Certifica como
“Admisible” durante el Proceso de
Obtención de la Green Card
I-601 y I-601A PERDONES por INADMISIBILIDAD
El Documento que te Certifica como “Admisible” durante el Proceso de Obtención de la Green Card
I-601 y I-601A PERDONES por INADMISIBILIDAD
El Documento que te Certifica como “Admisible” durante el Proceso de Obtención de la Green Card
Para poder obtener su residencia permanente en los Estados Unidos, también conocida como tarjeta verde, usted deberá ser considerado “admisible” a los Estados Unidos, es decir que usted no haya sido convicto de ciertos crímenes, fraude migratorio o violaciones en su estatus migratorio. Si usted ha sido encontrado culpable de alguno de los anteriores, usted pudiera ser “inadmisible” para propósitos de inmigración a los Estados Unidos y, por consiguiente, inelegible para solicitar su residencia permanente u obtener una visa.
Algunos individuos cuyos cónyuges, hijos o padres son ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos pueden ser elegibles para solicitar un perdón de inadmisibilidad I-601 o I-601A y así obtener una visa o tarjeta verde al demostrar que dichos familiares sufrirán un grave perjuicio. Aquellos solicitantes que no tengan estos familiares cercanos o que no puedan demostrar que estos sufrirían un perjuicio o daño extremo no calificarán para tramitar el perdón de inadmisibilidad. Esto a su vez les impedirá obtener su residencia permanente. Si este es su caso, usted debería consultar a un abogado de inmigración experimentado quien le confirmará si usted es elegible o no para tramitar este tipo de perdón.
I-601, Solicitud de Perdón de Inadmisibilidad
Las solicitudes de perdones I-601 son tramitadas y adjudicadas por la agencia USCIS. La agencia USCIS deberá poner en balance los actos que han hecho que el solicitante sea inadmisible (por ejemplo entrar a los Estados Unidos con documentos falsos) con el sufrimiento que el familiar cercano experimentará si el perdón no es aprobado. Mientras más severos los actos o acciones que hacen al solicitante inadmisible, más peso sobre el solicitante en demostrar que su familiar cercano sufrirá un daño extremo.
Una vez el perdón es aprobado, la solicitud de inmigración (ej. residencia permanente) puede entonces ser aprobada. Si el solicitante está físicamente en los Estados Unidos y ha tramitado su solicitud de ajuste de estatus, el perdón I-601 podrá ser tramitado al mismo tiempo con la I-485 Solicitud de Ajuste de Estado. Si usted desea saber si usted es elegible para radicar un perdón de inadmisibilidad, por favor llame a uno de nuestros abogados expertos en inmigración.
¿Qué es Daño o Perjuicio Extremo?
Los factores necesarios para demostrar daño o perjuicio extremo varían de caso a caso porque cada caso es único y cada motivo de inadmisibilidad deberá evaluarse individualmente.
Generalmente, el daño extremo es aquel daño que está fuera de lo común u ordinario. Este es un daño más fuerte que el sufrimiento de separarse de su familia por 10 años. Una condición médica severa, tal como cáncer, la cual requerirá que el solicitante cuide de su familiar cercano, es un buen ejemplo de lo que constituye perjuicio extremo. En este caso, el ciudadano o residente permanente sufrirá un daño extremo si se establece que el solicitante del perdón es la persona quién lo cuida primordialmente.
Note que el daño al extranjero quien solicita el perdón no cuenta para propósitos de esta solicitud. Solamente el daño al cónyuge o padre ciudadano o residente permanente se tomará en cuenta. Además, el daño hacia los hijos tampoco se tomará en cuenta directamente de acuerdo a las leyes de inmigración. Sin embargo, el daño que los hijos sufrirán pudiera incluirse indirectamente como un daño adicional al familiar ciudadano o residente permanente.
La mayoría de las personas califican para demostrar daño extremo usando una combinación de pequeñas y diversas instancias de perjuicios que en su totalidad demuestran daño extremo. (Por ejemplo, condiciones de salud menores, perjuicio educacional al familiar o sus hijos, perjuicio por pérdida de ingresos, pérdida de empleo y oportunidades futuras, etc.). Cada caso deberá evaluarse cuidadosamente por un buen abogado de inmigración para determinar las posibilidades de éxito antes de someter su solicitud de perdón.
I-601A, Solicitud de Perdón Provisional por Presencia Ilegal:
Aquellos extranjeros que hayan entrado a los Estados Unidos sin inspección o permiso normalmente son inelegibles para ajustar su estatus en los Estados Unidos y deberán regresar a su país de origen para obtener su residencia permanente a través del proceso consular. Además, para aquellos extranjeros que hayan vivido en los Estados Unidos sin un estatus válido por más de un año, ya sea porque entraron sin una visa válida o porque se quedaron en los Estados Unidos pasada la fecha de expiración en su visa, el salir del país tiene el efecto inmediato de impedirles ser admitidos a los Estados Unidos por un término de 10 años. Estos individuos no tendrán problemas para salir del país pero la penalidad por haber estado en los Estados Unidos por más de un año sin estatus es el no poder regresar por diez años. En el pasado, cuando un extranjero en esta situación regresaba a su país de origen para completar su proceso consular, tenía que tramitar en el consulado un perdón de presencia ilegal I-601. Esto a su vez alargaba substancialmente el tiempo que el extranjero tenía que esperar fuera de los Estados Unidos separado de su familia mientras el perdón era adjudicado.
A manera de remediar esta situación y las largas esperas que las familias tenían que soportar antes de poder reencontrarse en los Estados Unidos, DHS creó un nuevo perdón que puede ser tramitado en los Estados Unidos antes de comparecer a su entrevista con el consulado. El perdón provisional de presencia ilegal I-601A ha sido diseñado para familiares inmediatos de Ciudadanos de los Estados Unidos que son inadmisibles exclusivamente por tener presencia ilegal en los Estados Unidos. Aquellos individuos que son inadmisibles por algún otro motivo no son elegibles para este perdón provisional y tendrán que seguir el proceso del perdón regular I-601 descrito anteriormente. Una vez el perdón provisional es aprobado, el solicitante deberá tramitar su solicitud de visa y prepararse para una entrevista en el consulado estadounidense en su país de origen y así completar el proceso de obtener su residencia permanente. El tiempo de espera en su país de origen es significativamente inferior, bajo este proceso, que bajo el proceso regular de I-601. Usualmente el tiempo fuera de los Estados Unidos es de algunas semanas y la separación de la familia resulta ser mínima en comparación. El riesgo con este tipo de solicitud es reducido significativamente por el hecho de que el individuo sabrá de antemano si su perdón ha sido aprobado antes de tomar la decisión de salir del país para completar el proceso consular. En el peor de los casos que su perdón provisional sea denegado, usted no corre el riesgo de salir del país e incurrir en la penalidad de no poder regresar por diez años.
Requisitos para el Perdón I-601A
- Estar físicamente en los Estados Unidos.
- Tener más de 17 años.
- Tener una solicitud I-130 aprobada por ser familiar inmediato de un ciudadano estadounidense (usualmente a través del matrimonio).
- Tener una solicitud de visa pendiente con el Departamento de Estado y haber pagado los gastos requeridos por el gobierno.
- Ser inadmisible por tener presencia ilegal en los Estados Unidos por más de 180 días – ya sea porque usted entró sin una visa o permiso, como por ejemplo haber cruzado la frontera hace más de 6 meses, o porque usted entró con una visa que expiró hace más de 6 meses.
- El cónyuge o padre ciudadano sufrirá un daño extremo si la solicitud de perdón provisional es denegada. (Cónyuges o padres de Residentes Permanentes no califican para el perdón provisional I-601A).
Para poder tener éxito con este tipo de perdón provisional, usted deberá someter la mayor cantidad de pruebas que demuestren el perjuicio extremo que su familiar sufrirá si a usted le niegan el perdón.
Antes de Tramitar su Perdón I-601 or I-601A
Consulte con un abogado de inmigración experto en tramitar y obtener resultados positivos en perdones I-601 e I-601A. La calidad con la que usted prepare y tramite su perdón de inadmisibilidad afectará directamente sus oportunidades de éxito. Los casos sometidos que estén desorganizados o con insuficiente pruebas serán denegados sin la posibilidad de apelación, mientras que casos que son bien preparados con gran cantidad de evidencia son aprobados rápidamente. Nuestro equipo en Weinstock abogados de inmigración ha logrado la aprobación de decenas de perdones I-601 e I-601A. Si usted tiene preguntas adicionales sobre los perdones de inadmisibilidad I-601 o I-601A, por favor llámenos hoy para discutir su caso. Nosotros lo ayudaremos a determinar la mejor estrategia en su caso para que su perdón sea aprobado y evitar una separación extensa de sus familiares cercanos.
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